Crecen las quejas contra las empresas de telefonía móvil, que invitan a participar de sorteos y concursos a través de SMS. Sepa cómo realizar el reclamo si usted es víctima de esa práctica.
Los mensajes de texto a través de los cuales las empresas de telefonía móvil invitan a participar de sorteos y concursos convierte a los clientes que quieren eludir el ’acoso textual’ en verdaderos cautivos de esa práctica comercial, denuncian usuarios de celulares.
El fenómeno es una consecuencia más de las nuevas formas de contratación que dejan a los clientes de estos servicios sin la posibilidad de negociar los términos y los hace suscriptores de las reglas de juego impuestas por las empresas, explicó un vocero de la Liga de Acción del Consumidor, ADELCO.
"Tengo mi celular sólo para recibir llamados especialmente de mi madre, que está enferma, y que por seguridad quiero que tenga la facilidad de comunicarse conmigo en forma directa, pero no dejo de recibir, a toda hora, mensajitos de la empresa que me vendió la línea. ¿Por qué?", se pregunta Rodolfo López, uno de los usuarios damnificados.
Otro caso que no deja de sorprender es el de Natalia: "Ante el permanente acoso de mensajes de texto respondí una sola vez: ’Basta no manden más mensajes’ y como respuesta llegó la frase: Hola Basta! seguí participando, tenes 10 minutos para escribir palabras que empiecen con A". A partir de ese momento, cada día Natalia asegura que recibe 13 invitaciones para seguir jugando en un concurso en el que nunca se inscribió.
Desde ADELCO, informaron que la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que establece cuáles son los derechos de quien contrata la prestación, pone límites a las empresas en materia contractual.
Pero, "lamentablemente depende del consumidor hacer valer esos derechos y el trámite no deja de ser engorroso", informó un vocero de la entidad.
La mayor parte de los usuarios de celulares consultados por Télam dijo que hace dos meses se incrementó significativamente el llamado ’acoso textual’ por mensajitos.
Los intentos por terminar con la pesadilla hasta el momento fueron infructuosos, lamentan. "Es como cuando queres que te den de baja una tarjeta bancaria. Es casi imposible. Buscas que la empresa, a la que sólo creíste haberle comprado una línea telefónica, te saque del sistema, pero no lo logras", dijo Luís, un estudiante de informática, mientras atendía el décimo tercer mensajito del día.
"¿Estás pensando en comprar chocolate estas Pascuas?", reza el texto en el visor de su celular, y mientras lo lee esboza una sonrisa y añade: "¿Ves? Yo no compré este servicio. Yo quiero elegir con quién me comunico. ¿Será mucho pedir?. Esto es abusivo".
Según la asociación que defiende a los consumidores, el artículo 4to. de la ley presenta sus zonas difusas, porque sólo obliga a las compañías a informar veraz, detallada y eficientemente los términos "sustanciales" del contrato arribado con el cliente. "Y según los principios del derecho, esos términos sustanciales se limitan al precio, a la prestación efectiva del servicio, a la facturación y a los plazos del contrato", explicó el vocero de la entidad.
Indistintamente se trate de un "término sustancial" o no, el trámite "lleva su tiempo" pero también es un camino válido que el consumidor puede tomar, si quiere reclamar, añadió. "Y lo debe iniciar presentando una nota, o enviando una carta certificada o carta documento a la casa matriz de la empresa de telefonía móvil. Si no hubiera respuesta, debe dirigirse a la Comisión Nacional de Comunicaciones", precisó el portavoz.
El organismo dispondrá una sanción a la empresa, si considera que ha violado la norma, pero no hay garantía de que la compañía abandone esa práctica, informaron desde ADELCO.
El reclamo puede canalizarse "en forma colectiva y es el Defensor del Pueblo quien tiene la legitimación para actuar como abogado de ese grupo de personas, según lo establece el artículo 43 de la Ley de Defensa del consumidor", detalló el portavoz.
Por su parte, Juan Antonio Travieso, director de Protección de Datos Personales, dijo a Télam que "el usuario puede pedir el retiro o bloqueo de esa operatoria, pero en principio la empresa tiene esa atribución si está contemplada en los términos del contrato suscripto por el cliente".
No obstante, según el titular de esa dirección que depende del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Nación, "el usuario puede pedir el retiro o bloqueo de esa operatoria, pero en principio la empresa no estaría incurriendo en falta si el objeto de esa explotación tiene que ver con el servicio que brinda".
Travieso señaló que "ante la falta de respuesta al pedido de bloqueo de los mensajes de texto, el cliente puede dirigir el reclamo por mail a infodnpdp@jus.gov.ar o reclamar por nota o personalmente en Sarmiento 1118 (entre Cerrito y Libertad) Piso 5to (C.P. 1041) o llamar al 4383-8510 interno: 107-124-128.
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